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La discapacidad es aquella situación en que una persona ve limitada su capacidad de participación en algún tipo de ámbito. Esto puede deberse a la existencia de alguna deficiencia en algún órgano o en el ámbito intelectual. En muchas ocasiones, constituye una consecuencia que puede derivar de un accidente de tráfico, entre otras causas.

Esa discapacidad viene a suponer un importante obstáculo frente a otras personas que no presentan deficiencia alguna. En estos casos y a fin de que las personas con discapacidad puedan alcanzar el máximo desarrollo posible es necesario que cuenten con una ayuda especializada y dirigida a paliar la deficiencia que presenten.

Tipos de discapacidad y sus características

Como hemos anticipado existen diferentes tipos de discapacidad, aunque no todos ellos son igual de habituales ni de conocidos:

Discapacidad física

Supone una limitación, disminución o eliminación de capacidades motoras o físicas. Por ejemplo, la pérdida física de una extremidad o de la funcionalidad habitual de la misma. Este tipo de discapacidad es habitual en el ámbito de los accidentes de tráfico.  Entre sus lesiones encontramos: lesionados medulares, traumatismos craneoencefálicos, amputaciones… Aunque también pueden ser de tipo congénito (malformaciones de nacimiento) o deberse a enfermedades sobrevenidas (por ejemplo accidentes cerebrovasculares).

Discapacidad sensorial

La discapacidad sensorial supone limitaciones o deficiencias en alguno de los sentidos. Sin embargo, pueden darse en todos los sentidos, aunque las más habituales son la visual y auditiva. Su origen puede ser de tipo congénito o bien deberse a enfermedad o accidente posterior.

La Discapacidad intelectual

La discapacidad intelectual supone una limitación del funcionamiento intelectual que supone un problema para la interacción social o para el desarrollo de la autonomía. Incluso de otros ámbitos como el cognitivo o el laboral. Existen diferentes grados de discapacidad intelectual, que suponen distintos niveles de limitación. También pueden tener origen congénito, proceder de enfermedad o ser de carácter postraumático.

Discapacidad psíquica

Otro de los tipos de discapacidad es la discapacidad psíquica. Esta presenta alteraciones de tipo conductual y del comportamiento adaptativo, y generalmente se derivan de alguna clase de trastorno mental.

Discapacidad visceral

Es un tipo de discapacidad poco conocido, pero no por ello menos importante. Esta discapacidad se manifiesta en personas que alguna deficiencia en alguno de sus órganos, que supone limitación en su vida. Por ejemplo el funcionamiento anormal de los riñones, la diabetes que deriva de un mal funcionamiento del páncreas, o los problemas de corazón que suponen importantes limitaciones de actividad para aquellos que las padecen.

La Discapacidad múltiple

Este tipo de discapacidad engloba a aquellas personas en las que concurre más de una discapacidad de las anteriores. Por ejemplo una persona que tiene discapacidad intelectual y además es ciega, o un amputado que sufre sordera.

Cuando la discapacidad es proveniente de un accidente de tráfico hay que tener en cuenta que la pensión que pueda corresponder por la discapacidad que se sufra si se llega a obtener una incapacidad permanente por la misma y la indemnización derivada de un accidente de tráfico es compatible, es decir, el perjudicado puede cobrar por ambos conceptos.

En este caso, serán las circunstancias propias que hayan ocasionado el daño las que determinarán la forma de cálculo de la pensión. Lo mismo ocurre para el cálculo de la indemnización por accidente de tráfico y las vías por las cuales deben ser reclamadas.

Los tipos de Incapacidad Permanente

  1. Incapacidad Permanente Parcial
  2. La Incapacidad Permanente Total
  3. Incapacidad Permanente Absoluta
  4. Gran Invalidez

Se considera Incapacidad Permanente Parcial cuando las lesiones son permanentes y limitan parcialmente la ocupación o actividad habitual del accidentado pero no impiden su realización.

La Incapacidad Permanente Total se aplica cuando el afectado tiene secuelas permanentes que impiden totalmente la realización de su ocupación o actividad habitual.

La Incapacidad Permanente Absoluta es aquella en que el afectado está inhabilitado de forma absoluta para la realización de cualquier ocupación o actividad laboral.

La Gran Invalidez se atribuye a personas que por su estado de salud no pueden desarrollar actividad laboral alguna y necesitan ayuda constante de tercera persona para la realización de las tareas básicas de la vida diaria tales como comer, vestirse, levantarse…

Solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad

Para solicitar una prestación por incapacidad permanente o una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes, han de cumplirse una serie de requisitos:

  • No haber alcanzado la edad de jubilación.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social, o en una situación asimilada al alta.
  • Haber cotizado previamente un mínimo de tiempo, requisito no exigible cuando la invalidez derive de una enfermedad profesional o un accidente laboral.

Para ello hay que cumplimentar el formulario apropiado y, enviarlo por correo ordinario o presentarlo en la Dirección Provincial correspondiente.

Accede a la Solicitud de Incapacidad permanente y Lesiones permanentes no invalidantes.

Régimen Especial del Mar: haz clic para acceder al formulario

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